Términos y condiciones del "Bono de 2500 PLN"„
§ 1. Disposiciones generales
1. El presente Reglamento ("Reglamento") define los términos, condiciones y duración de la promoción "BONUS 2,500" ("Promoción"). .
2. El Organizador de la Promoción ("Organizador") es FOLGA Sp. z o. o. con domicilio social en Toruń, ul. Lipowa 5, 87-100 Toruń, inscrita en el Registro Nacional de Sociedades – registro de empresarios con el número KRS: 0001142532, Número de Identificación Fiscal (NIP) 9562344169.
3. A los efectos de la Promoción, se aplicarán las siguientes definiciones:
- „Participante” – una persona física que participa en la Promoción, que cumple los requisitos especificados en el § 3 sección 1 del Reglamento,
- “Promoción” – la promoción descrita en este Reglamento,
- „Premio” – el premio descrito en el § 4 sección 1 del Reglamento,
- “Duración de la Promoción”: la duración de la Promoción especificada en el § 2 del Reglamento.
- „RGPD” – Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
§ 2. Duración de la Promoción
1. La promoción se lleva a cabo en el territorio de la República de Polonia y tiene una duración del 1 de septiembre de 2026 al 31 de diciembre de 2026.
2. El Organizador podrá dar por finalizada la Promoción si se agotan los premios. El Organizador se compromete a informar a los Participantes sobre la finalización de la Promoción a través del sitio web. folga.com.pl y pracawbiedronka.folga.com.pl.
§ 3. Participantes de la promoción
1. La Promoción está abierta a un Participante que sea una persona física y que:
- tiene plena capacidad jurídica,
- ha celebrado o celebrará un contrato de mandato con el Organizador, cuyo objeto será la prestación de servicios en virtud de una de las ofertas de trabajo vigentes durante el período de promoción,
- Realizará el pedido al que se refiere el punto b durante el período de promoción y trabajará al menos 400 horas en el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2026 y el 30 de noviembre de 2026.
2. La participación en la promoción es voluntaria y gratuita.
3. Antes de participar en la Promoción, el Participante deberá leer este Reglamento. El Organizador declara que el texto de este Reglamento está disponible en el sitio web. pracawbiedronka.folga.com.pl y en la oficina del Organizador. La participación en la Promoción implica leer y aceptar los Términos y Condiciones, así como consentir el tratamiento de datos personales exclusivamente para la realización de esta Promoción. folga.com.pl y pracawbiedronka.folga.com.pl.
§ 4. Premios
1. El premio de la promoción es de 2.500 PLN (dos mil quinientos) brutos.
2. El premio se pagará el mes siguiente a aquel en que el participante haya alcanzado el límite de 400 horas de servicio, de conformidad con el artículo 3, apartado 1, letra d). El premio podrá pagarse en una forma distinta al efectivo.
3. El Participante no podrá transferir el derecho a recibir el Premio a otras personas.
§ 5. Quejas
1. Los participantes podrán presentar cualquier reclamación relativa a la Promoción por escrito, bajo pena de nulidad, a Folga Sp. z o. o., ul. Lipowa 5, 87-100 Toruń, con la nota "BONUS 2,500" durante toda la duración de la Promoción. El plazo para presentar una reclamación estará determinado por la fecha de recepción por parte del Organizador, pero no podrá ser posterior a la finalización de la Promoción.
2. Las reclamaciones deberán incluir los datos del Participante de la Promoción, su dirección de correspondencia, una descripción detallada e indicación del motivo de la reclamación y la especificación de la solicitud.
3. Las reclamaciones presentadas serán consideradas sin demora indebida, pero a más tardar dentro de los 14 días hábiles (en letras: catorce) a partir de la fecha de recepción de la reclamación.
4. La respuesta a la reclamación se enviará por correo certificado a la dirección de correspondencia del Participante facilitada en la reclamación.
5. Tras agotar sin éxito el proceso de reclamaciones, los Participantes tienen derecho a presentar sus reclamaciones ante los tribunales.
6. Este procedimiento de reclamación no excluye, limita o suspende los derechos del Participante y no le impide presentar reclamaciones bajo las disposiciones legales generalmente aplicables.
§ 6. Datos personales
1. El administrador de los datos personales facilitados por los Participantes en la Promoción será el Organizador.
2. Los datos personales serán tratados para las siguientes finalidades:
- para participar en la Promoción, unirse a la promoción y recibir el Premio, y la base es el Art. 6 párrafo 1 lit. y RGPD – consentimiento voluntario del Participante,
- con el fin de establecer contacto telefónico o electrónico directo en relación con la inscripción y participación en la Promoción, de conformidad con el artículo 6(1)(a) del RGPD, sobre la base del consentimiento voluntario;
- para fines relacionados con la liquidación de impuestos y el cumplimiento de otras obligaciones derivadas de disposiciones legales, incluidas las obligaciones de información, y la base es el art. 6, apartado 1, letra c) del RGPD – necesidad para cumplir con la obligación legal que incumbe al administrador;
- en el caso de otorgar consentimiento adicional – también para fines de marketing directo, en particular para el envío de información sobre productos, promociones y servicios prestados y la presentación de ofertas y propuestas para celebrar un contrato y, a este respecto, para el contacto electrónico directo a través de correo electrónico (e-mail), y la base es el artículo 6, párrafo 1, letra a) del RGPD y el artículo 172 de la Ley de 16 de julio de 2004 – Ley de Telecomunicaciones (es decir, de 15 de septiembre de 2017, Diario Oficial de 2017, número 1907, en su versión modificada) – consentimiento voluntario del usuario y el artículo 6, párrafo 1, letra f) del RGPD – interés legítimo del responsable únicamente en el ámbito del almacenamiento de datos.
3. Los datos personales de los participantes podrán ser transferidos a entidades con las que el Organizador colabora en el marco de sus actividades comerciales, incluyendo entidades que prestan servicios jurídicos, contables, de recursos humanos, bancarios, de seguros, de seguridad patrimonial y de TI. Entre los destinatarios de los datos personales también podrán figurar las autoridades policiales, los tribunales y los organismos de la administración pública.
4. Los datos personales de los participantes no se transferirán a un tercer país (un país fuera del Espacio Económico Europeo) ni a una organización internacional.
5. Los datos personales de los participantes se almacenarán hasta que se retire el consentimiento. Tras la retirada del consentimiento, los datos personales se eliminarán de los sistemas informáticos del Administrador y los documentos en papel se destruirán;
6. El Participante tiene derecho a acceder al contenido de sus datos y derecho a rectificarlos,
7. El Participante tiene derecho a solicitar la eliminación de sus datos personales en cualquier momento,
8. El participante tiene derecho a solicitar la restricción del tratamiento de datos personales,
9. El Participante tiene derecho a transferir datos en un formato de uso común que permita, por ejemplo, imprimir o guardar en la memoria de la computadora,
10. El participante tiene derecho a oponerse al procesamiento posterior de datos,
11. Cada uno de los derechos enumerados en los puntos 6 a 10 podrá ser ejercido por el Participante enviando una solicitud apropiada por escrito a la dirección del domicilio social del Responsable del Tratamiento con la nota "datos personales" o en forma electrónica enviando un correo electrónico a la dirección iod@must-consulting.pl.
12. El participante tiene derecho a presentar una reclamación ante el Presidente de la Oficina de Protección de Datos Personales si considera que el tratamiento de datos personales infringe las disposiciones del RGPD.
§ 7. Disposiciones finales
1. El Reglamento es el único documento que especifica las reglas de la Promoción.
2. El Organizador no es responsable de ningún problema técnico que no sea causado por el Organizador.
3. Toda la información sobre la Promoción contenida en cualquier material promocional y publicitario tiene carácter meramente auxiliar, mientras que el alcance de los derechos de los Participantes y del Organizador se regula y evalúa con base en las disposiciones de este Reglamento.
4. El Organizador se reserva el derecho de modificar el Reglamento, siempre que ello no suponga un deterioro de las condiciones de participación en la Promoción.
5. Tanto los Participantes como el Organizador se esforzarán por resolver cualquier controversia que surja del Reglamento de forma amistosa, mediante negociación.
6. La responsabilidad del Organizador frente al Participante no excederá en ningún caso el valor y el número de Premios especificados en este Reglamento. La limitación de responsabilidad mencionada en la frase anterior no se aplicará en situaciones en las que dicha limitación sea contraria a la legislación aplicable, y en particular no se aplicará a los daños causados por el Organizador mediante un acto ilícito o conducta culpable.
7. La versión vigente del Reglamento estará disponible en el sitio web folga.com.pl y en el domicilio social del Organizador.
8. La Promoción no es un juego de azar, una lotería, una apuesta mutua ni una lotería promocional cuyo resultado dependa del azar (sorteo) en el sentido del art. 2 de la Ley de Juego de 19 de noviembre de 2009.
9. Cualquier controversia que surja del cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la Promoción se resolverá ante un tribunal de jurisdicción general.
10. La participación en esta campaña excluye la posibilidad de participar en otras campañas promocionales.
11. La ley aplicable a la Promoción y a la evaluación de los derechos y obligaciones de los Participantes es la ley polaca.
12. El presente Reglamento entrará en vigor el 1 de septiembre de 2026.