Términos y condiciones de la promoción “Dinero por recomendación”
§ 1. Disposiciones generales
1. El presente Reglamento (el "Reglamento") define los términos, condiciones y duración de la promoción "Dinero por Referidos" (la "Promoción").
2. El Organizador de la Promoción (en adelante, el "Organizador") es FOLGA Sp. z o. o. ul. Grudziądzka 110-114/304, 87-100 Toruń, inscrita en el Registro Judicial Nacional de Empresarios con el número KRS 1142532, NIP: 9562344169
§ 2. Definiciones
A los efectos de la Promoción, se aplicarán las siguientes definiciones:
a. "Recomendante": persona física que recomienda a un candidato para un puesto vacante, que participa en la Promoción y que cumple con los requisitos especificados en el § 4, apartado 1, del Reglamento.
b. Persona recomendada: una persona indicada por la persona que recomienda como candidato potencial.
b. “Promoción”: la promoción descrita en este Reglamento,
c. “Premio”: el premio descrito en el § 5 apartado 1 del Reglamento.
d. “Duración de la Promoción”: la duración de la Promoción especificada en el § 3 del Reglamento.
e. «Fan Page»: perfil comercial del Organizador en la red social Facebook.com, disponible en: www.facebook.com/folga.polska y Instagram.com, disponible en: www.instagram.com/grupa_folga .
f. «RGPD» - Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.
§ 3. Duración de la Promoción
1. La Promoción se llevará a cabo en el territorio de la República de Polonia y durará del 16 de junio de 2025 al 30 de septiembre de 2025.
2. El Organizador podrá cancelar la Promoción antes de la fecha límite especificada en el párrafo 1 si se agota el fondo de premios. El Organizador se compromete a informar a los Recomendantes sobre la cancelación anticipada de la Promoción a través de su sitio web. www.folga.com.pl
§ 4. Participantes de la promoción
1. La Promoción está abierta a una Persona Recomendante que sea una persona física y que:
a. tiene plena capacidad jurídica,
b. manifiesta su voluntad de participar en la Promoción enviando el formulario disponible en el sitio web www.folga.com.pl y rellenando el campo correspondiente con los datos personales de un tercero (Persona Recomendada), y esta persona aceptará un empleo con el Organizador
(en cualquiera de las siguientes formas jurídicas: contrato de trabajo, contrato de mandato, contrato para obra determinada) durante el período de la Promoción,
c. consiente la publicación de su nombre y apellido en el sitio web www.folga.com.pl y en la página de fans del Organizador en caso de ser galardonado con el Premio.
2. La Persona Recomendante se unirá a la Promoción al expirar el período de un mes de empleo por un tercero (Persona Recomendada), mencionado en el § 4 sección 1b del Reglamento, utilizando la Persona Recomendante, con el Organizador o una entidad afiliada a este por capital o vínculos personales, pero a más tardar el día de la finalización de la Promoción, después de que la Persona Recomendada haya trabajado al menos 200 (doscientas) horas.
a. La persona recomendada debe ser mayor de edad,
b. La persona recomendada no puede ser una persona empleada anteriormente o actualmente por el Organizador o cualquier entidad afiliada a él personal o financieramente.
c. La persona recomendada, a la fecha de postulación, no podrá estar en proceso de selección del Organizador o entidades relacionadas con éste por capital o vínculos personales,
d. una Persona Recomendada determinada podrá ser recomendada únicamente por una Persona Recomendante, como máximo una vez cada 12 meses contados a partir de su empleo,
e. En caso de que más de una Persona Recomendante en la Promoción recomiende a la misma Persona Recomendada, se tendrá en cuenta la fecha y hora de cumplimentación del formulario indicadas en el § 4, apartado 1, letra b. Esto significa que solo la primera persona en recomendar a una Persona Recomendada podrá recibir el Premio.
3. La participación en la Promoción es voluntaria y gratuita.
4. Quedan excluidas de la Promoción las personas empleadas (por cualquier concepto, por ejemplo, contrato de trabajo, contrato para obra específica, b2b) por el Organizador o entidades afiliadas a él por capital o vínculos personales, cuyas funciones incluyan la contratación de empleados.
5. Antes de participar en la Promoción, la Persona Recomendante debe leer este Reglamento. El Organizador declara que el texto de este Reglamento está disponible en el sitio web www.folga.com.pl y en sus oficinas. Participar en la Promoción y enviar una solicitud al Organizador implica leer y aceptar el Reglamento y expresar su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales únicamente con el fin de llevar a cabo esta Promoción, publicar información sobre el Premio ganador en el sitio web www.folga.com.pl y en la Fan Page del Organizador, y distribuir los Premios de conformidad con el artículo 5 del Reglamento.
6. El Organizador no se responsabiliza del contenido de la solicitud ni del contenido de los materiales enviados por las Personas Recomendantes. El Organizador se reserva el derecho de verificar los datos telefónicamente, así como de eliminar y descartar solicitudes con contenido ofensivo, vulgar o que atente contra la dignidad y el buen nombre de terceros, o que viole la ley o las buenas costumbres.
7. El Promotor informa que la Promoción no está patrocinada, avalada, administrada ni asociada de ninguna manera con Facebook ni Instagram. Facebook e Instagram son administrados por Meta Platforms Ireland Limited. La información proporcionada por el Recomendante se proporciona al Promotor y no a Meta Platforms Ireland Limited, y se utilizará únicamente para llevar a cabo la Promoción.
8. La persona que recomienda se compromete a proporcionar datos personales veraces. La veracidad de los datos personales indicados podrá ser verificada por el Organizador al momento de recibir el Premio, mediante un documento de identidad presentado por la persona que recomienda.
9. El Organizador se reserva el derecho de rechazar las participaciones en la Promoción respecto de las cuales exista sospecha, basada en circunstancias justificadas, de que ellos o personas que actúen en su interés han enviado participaciones proporcionando datos ficticios.
10. El Organizador está obligado a informar del rechazo de la solicitud presentada, indicando el motivo. Dicha información se enviará mediante mensajes privados a la dirección de correo electrónico proporcionada en la solicitud.
§ 5. Premios.
1. Los premios se financiarán con fondos propios del Organizador.
a) Los Premios de la Promoción se especifican en el Anexo 1 de este Reglamento y su monto depende del cargo para el cual será nominada la Persona Recomendado.
2. El premio se abonará en el plazo de 14 días desde la adhesión a la Promoción, tal y como se recoge en el §4 apartado 2 del Reglamento.
3. El Organizador informará a los recomendantes sobre el Premio mediante mensajes privados a través de los correos electrónicos indicados en la solicitud. Los recomendantes están obligados a proporcionar al Organizador toda la información necesaria para la liquidación de sus obligaciones fiscales o de derecho público.
4. Si el Organizador no puede contactar a la Persona Recomendante por cualquier motivo o no recibe una respuesta a la notificación del Premio dentro de los 7 días siguientes a la fecha de notificación, el Organizador se reserva el derecho de no emitir el Premio.
5. En caso de que la Persona Recomendante se niegue a aceptar el Premio, el Organizador no estará obligado a transferirlo. El Organizador no será responsable de la imposibilidad o dificultad para recoger el Premio por causas imputables a la Persona Recomendante.
6. La persona recomendante no podrá transferir el derecho a recibir el Premio a otras personas.
§ 6. Quejas
1. Cualquier reclamación relacionada con el desarrollo de la Promoción podrá ser presentada por los Recomendantes por escrito, bajo pena de nulidad, a la dirección FOLGA Sp. z o. o., ul. Grudziądzka 110-114/304, 87-100 Toruń, con la mención "Promocja Kasa za rekomenda" (Promoción de Dinero por Recomendación), durante toda la vigencia de la Promoción. El plazo para presentar una reclamación se determinará a partir de la fecha de recepción por parte del Organizador, a más tardar el 31 de diciembre de 2025.
2. Las quejas deberán incluir los datos de la persona que las recomienda, su dirección de correspondencia, una descripción detallada e indicación del motivo de la queja y una especificación de la solicitud.
3. Las reclamaciones presentadas serán examinadas sin demora indebida, pero a más tardar dentro de los 14 (en letras: catorce) días a partir de la fecha de recepción de la reclamación.
4. La respuesta a la reclamación se enviará mediante carta certificada a la dirección de correspondencia del Recomendante indicada en la reclamación.
5. Luego de agotar infructuosamente el proceso de reclamaciones, las Personas Recomendantes tienen derecho a hacer valer sus reclamaciones en vía judicial.
6. Este procedimiento de reclamación no excluye, limita ni suspende los derechos de la Persona Recomendante, ni impide la interposición de cualquier reclamación por parte de la Persona Recomendante sobre la base de disposiciones legales de aplicación general.
§ 7. Datos personales
1. El administrador de los datos personales facilitados por las personas recomendantes será el Organizador.
2. Los datos personales serán tratados para las siguientes finalidades:
a. para participar en la Promoción, unirse a la promoción y otorgar el Premio, y la base es el Artículo 6 apartado 1 letra a del RGPD – consentimiento voluntario de la Persona Recomendante,
b. con el fin de establecer contacto telefónico o electrónico directo en relación con el registro para la Promoción y la adhesión a la Promoción, de conformidad con el artículo 6, apartado 1, letra a del RGPD, sobre la base del consentimiento voluntario;
c. para fines relacionados con la liquidación de impuestos y el cumplimiento de otras obligaciones derivadas de las disposiciones legales, incluidas las obligaciones de información, y la base es el artículo 6, apartado 1, letra c) del RGPD – necesidad de cumplir con la obligación legal que incumbe al administrador;
d. en caso de consentimiento adicional, también para fines de marketing directo, en particular para enviar información sobre productos, promociones y servicios prestados y presentar ofertas y propuestas para concluir un contrato y, a este respecto, para contacto electrónico directo por correo electrónico (e-mail), y la base es el Art. 6 sec. 1 letra a del RGPD y el Art. 172 de la Ley de 16 de julio de 2004 - Ley de Telecomunicaciones (es decir, del 15 de septiembre de 2017, Boletín Oficial de Leyes de 2017, artículo 1907, en su versión modificada) - consentimiento voluntario del usuario y Art. 6 sec. 1 letra f) del RGPD - interés legítimo del administrador únicamente en el ámbito del almacenamiento de datos.
3. Los datos personales de los Recomendantes podrán ser transferidos a entidades con las que el Organizador colabora en el ámbito de su actividad, incluyendo entidades que le prestan servicios legales, contables, de recursos humanos, bancarios, de seguros, de protección de la propiedad y de TI. Los destinatarios de los datos personales serán o podrán ser también las autoridades policiales, los tribunales y la administración pública.
4. Los datos personales de las Personas Recomendantes no se transferirán a un tercer país (un país fuera del Espacio Económico Europeo) ni a una organización internacional.
5. Los datos personales de las Personas Recomendantes se conservarán hasta que se retire el consentimiento. Tras la retirada del consentimiento, los datos personales se eliminarán de los sistemas informáticos del Administrador y los documentos en papel se destruirán.
6. La persona recomendante tiene derecho a acceder al contenido de sus datos y a rectificarlos,
7. La persona recomendante tiene derecho a solicitar la supresión de los datos personales en cualquier momento,
8. La persona recomendante tiene derecho a solicitar la restricción del tratamiento de sus datos personales,
9. La persona recomendante tiene derecho a transferir los datos en un formato de uso común que permita, por ejemplo, imprimirlos o guardarlos en la memoria de la computadora,
10. La persona que realiza la recomendación tiene derecho a oponerse al tratamiento ulterior de los datos,
11. Cada uno de los derechos enumerados en los puntos 7 a 11 podrá ser ejercido por el Participante enviando la correspondiente solicitud por escrito a la dirección del domicilio social del Administrador con la nota datos personales o en formato electrónico enviando un correo electrónico a biuro@folga.com.pl
12. La persona recomendante tiene derecho a presentar una reclamación ante el Presidente de la Oficina de Protección de Datos Personales si considera que el tratamiento de datos personales viola las disposiciones del RGPD;
§ 8. Disposiciones finales
1. El Reglamento es el único documento que especifica las reglas de la Promoción.
2. El Organizador no es responsable de ningún problema técnico que no sea causado por el Organizador.
3. Toda la información sobre la Promoción contenida en cualquier material promocional y publicitario tiene carácter meramente auxiliar, mientras que el alcance de los derechos de los Recomendantes y del Organizador se regula y evalúa con base en las disposiciones de este Reglamento.
4. El Organizador se reserva el derecho de modificar el Reglamento, siempre que ello no suponga un deterioro de las condiciones de participación en la Promoción.
5. Tanto los Recomendantes como el Organizador se esforzarán por resolver cualquier disputa que surja del Reglamento de manera amistosa, mediante negociación.
6. La responsabilidad del Organizador frente a la Persona Recomendante no excederá en ningún caso el valor y el número de Premios especificados en este Reglamento. La limitación de responsabilidad mencionada en la frase anterior no se aplicará en caso de que dicha limitación sea contraria a la legislación aplicable, y en particular no se aplicará a los daños causados por el Organizador como consecuencia de un acto ilícito o conducta culpable.
7. El Reglamento ha sido elaborado en los siguientes idiomas: polaco, ruso, ucraniano y español, y en caso de duda prevalecerá la versión polaca.
8. La versión vigente del Reglamento estará disponible en el sitio web www.folga.com.pl y en el domicilio social del Organizador.
9. La Promoción no es un juego de azar, una lotería, una apuesta mutua ni una lotería promocional cuyo resultado dependa del azar (sorteo) en el sentido del art. 2 de la Ley de Juego de 19 de noviembre de 2009.
10. Cualquier controversia que surja del cumplimiento de las obligaciones relacionadas con la Promoción se resolverá ante un tribunal de jurisdicción general.
11. La ley aplicable a la Promoción y a la evaluación de los derechos y obligaciones de los Participantes es la ley polaca.
12. El Reglamento entrará en vigor el 16 de junio de 2025.